{"id":225,"date":"2017-08-04T14:56:38","date_gmt":"2017-08-04T14:56:38","guid":{"rendered":"http:\/\/www.laarabogados.cl\/?p=225"},"modified":"2017-08-04T14:56:38","modified_gmt":"2017-08-04T14:56:38","slug":"proteccion-laboral-a-la-maternidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.laarabogados.cl\/?p=225","title":{"rendered":"PROTECCI\u00d3N LABORAL A LA MATERNIDAD"},"content":{"rendered":"<p>La Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de la Rep\u00fablica consagra a la familia como el \u00abn\u00facleo fundamental de la sociedad\u00bb, en armon\u00eda con ello, la legislaci\u00f3n laboral contiene un conjunto de normas cuyo bien jur\u00eddico tutelado es la familia, encontr\u00e1ndose consignado en el C\u00f3digo del Trabajo y dem\u00e1s normas entre ellas la Ley N\u00ba 20.545 que modifica las normas sobre protecci\u00f3n a la maternidad e incorpora el permiso postnatal parental, todo lo cual refiere de forma amplia a la protecci\u00f3n de los trabajadores y a la protecci\u00f3n de la maternidad, teniendo por objetivo el desarrollo integral de la mujer trabajadora y la compatibilidad de la relaci\u00f3n familia y trabajo.<\/p>\n<p>Las protecciones consagradas en nuestra legislaci\u00f3n laboral refieren a: fuero maternal, permisos, subsidios, sala cuna, derecho a dar alimento a la hija o hijo, pago de pasajes a la mujer para el traslado a la sala cuna, prohibici\u00f3n de desarrollar determinados trabajos y que ning\u00fan empleador podr\u00e1 exigir certificado o ex\u00e1menes para verificar si la trabajadora se encuentra o no en estado de gravidez.<\/p>\n<p>Dentro de los derechos esenciales que protegen la maternidad, se encuentran <strong>el fuero maternal<\/strong> como derecho irrenunciable que establece que toda mujer que est\u00e9 sujeta a una relaci\u00f3n laboral, en virtud de cualquier tipo de contrato est\u00e1 protegida, imposibilitando al empleador, por un per\u00edodo determinado, de despedir a la trabajadora sin previa autorizaci\u00f3n judicial. Este fuero rige desde el inicio del embarazo, hasta 1 a\u00f1o despu\u00e9s de expirado el per\u00edodo postnatal o el per\u00edodo postnatal suplementario; <strong>los descansos y permisos por maternidad<\/strong>, se debe distinguir: permiso prenatal constituye el descanso de 6 semanas anterior al nacimiento del hijo\/a; permiso prenatal suplementario, procede si la mujer presenta una enfermedad causada por el embarazo, anterior a las 6 semanas; descanso postnatal, contempla el per\u00edodo de descanso de 12 semanas posterior al nacimiento del hijo\/a; extensi\u00f3n del postnatal, ocurre si la mujer, al t\u00e9rmino del per\u00edodo postnatal, presenta una enfermedad comprobada por certificado m\u00e9dico, cuya causa es el nacimiento y <strong>el pago de subsidios por maternidad<\/strong>, que consiste en el pago a la mujer de las remuneraciones o rentas imponibles que percib\u00eda antes de los descansos y su monto equivale al 100% de dicha remuneraci\u00f3n, su c\u00e1lculo considerar\u00e1 los datos existentes a la fecha de inicio de la licencia m\u00e9dica y ser\u00e1 el promedio de la remuneraci\u00f3n mensual neta, del subsidio o de ambos, exigida en los 3 meses calendarios m\u00e1s pr\u00f3ximos al mes en que se inicia la licencia.<\/p>\n<p>En este punto es necesario precisar que durante los per\u00edodos de pre y post natal, toda mujer tiene derecho a recibir sus remuneraciones o rentas que implica un subsidio maternal que equivale a la totalidad de su remuneraci\u00f3n y las asignaciones que estuviese percibiendo, con tope de 66 unidades de fomento, s\u00f3lo se descontar\u00e1n las imposiciones de previsi\u00f3n y descuentos legales que correspondan.<\/p>\n<p>Entonces cabe preguntarse que ocurre con la mujer madre y trabajadora que obtiene una remuneraci\u00f3n superior al tope legal, la respuesta es que pierde parte de su remuneraci\u00f3n lo cual constituye una evidente discriminaci\u00f3n, vi\u00e9ndose impedidas de recibir el salario que les corresponde.<\/p>\n<p>El profesor Eduardo Caaman\u0303o ha planteado que <em>\u201clas mujeres se han insertado con muchas dificultades en el mundo del trabajo y (&#8230;) su situacio\u0301n en e\u0301l dista mucho de ser la ideal, pues uno de los temas centrales al momento de evaluar la discriminacio\u0301n de las mujeres en el trabajo tiene relacio\u0301n con su capacidad reproductiva. La maternidad continu\u0301a siendo hoy el principal escollo que deben sortear las mujeres para una plena y satisfactoria insercio\u0301n en el mercado laboral, aun cuando la maternidad posee una connotacio\u0301n social de gran valoracio\u0301n, en atencio\u0301n a que so\u0301lo ellas son las responsables frente al cuidado de la familia, dada la pervivencia de la segregada diferenciacio\u0301n de roles entre hombres y mujeres en su proyeccio\u0301n laboral\u201d.<\/em><\/p>\n<p>En cuanto a la normativa internacional de protecci\u00f3n a la maternidad se encuentra el Convenio N\u00ba 3 sobre Protecci\u00f3n de la Maternidad de la Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo, cuya noci\u00f3n central es la compatibilizaci\u00f3n adecuada de las esferas productivas y reproductivas en la vida de las mujeres sin que ello significara un trato desigual en el empleo a causa de su funcio\u0301n reproductiva;\u00a0 la Convencio\u0301n sobre la Eliminacio\u0301n de Todas las Formas de Discriminacio\u0301n Contra la Mujer, adoptada en el a\u00f1o 1979 por la Asamblea General de las Naciones Unidas<\/p>\n<p>Si bien se ha avanzado en erradicar pr\u00e1cticas discriminatorias laborales en contra de la mujer, a\u00fan existen episodios vulneratorios, es as\u00ed que la Direcci\u00f3n del Trabajo ha recibido denuncias, en raz\u00f3n de mujeres que han sido separadas ilegalmente de sus funciones mientras contaban con fuero maternal, y de empleadores que se niegan a otorgar el beneficio de sala cuna o permitirle una hora de permiso para alimentar a los hijos, como tambi\u00e9n en un informe de la Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo respecto de la igualdad en el trabajo sen\u0303ala que <em>\u201da pesar de la voluminosa legislacio\u0301n que desde antiguo existe en la materia, la discriminacio\u0301n contra la mujer por razones de maternidad es un feno\u0301meno persistente e incluso creciente, segu\u0301n lo comprueban varias comisiones sobre igualdad de ge\u0301nero en todo el mundo\u201d.<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de la Rep\u00fablica consagra a la familia como el \u00abn\u00facleo fundamental de la sociedad\u00bb, en armon\u00eda con ello, la legislaci\u00f3n laboral contiene un conjunto de normas cuyo bien jur\u00eddico tutelado es la familia, encontr\u00e1ndose consignado en el C\u00f3digo del Trabajo y dem\u00e1s normas entre ellas la Ley N\u00ba 20.545 que modifica las normas sobre protecci\u00f3n a la maternidad e incorpora el permiso postnatal parental, todo lo cual refiere de forma amplia a la protecci\u00f3n de los trabajadores y a la protecci\u00f3n de la maternidad, teniendo por objetivo el desarrollo integral de la mujer trabajadora y la compatibilidad de la relaci\u00f3n familia y<a class=\"more-link\" href=\"https:\/\/www.laarabogados.cl\/?p=225\">LEER M\u00c1S&#8230;<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[4],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.laarabogados.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/225"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.laarabogados.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.laarabogados.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.laarabogados.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.laarabogados.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=225"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.laarabogados.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/225\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":227,"href":"https:\/\/www.laarabogados.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/225\/revisions\/227"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.laarabogados.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=225"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.laarabogados.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=225"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.laarabogados.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=225"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}